AMPLIACIÓN DE SERVICIOS

Al objeto de dar mayor cobertura a nuestros clientes, hemos estrechado lazos de colaboración con la Inmobiliaria MARFINSA, para prestar servicios de tasaciones inmobiliarias, administración de fincas, alquileres y venta de pisos, terrenos, lonjas…, así como coordinación de gremios.

Al propio tiempo, nuestros nuevos servicios dirigidos al mundo de las telecomunicaciones, televisión, seguridad y energía (luz y gas) son suministrados de la mano de empresas de reconocida solvencia a nivel mundial y a unos precios muy competitivos.

Habitualmente nos intentan convencer con argots “de que nuestra compañía es mejor, tenemos las mejores ofertas”, etc.; y esto no siempre es cierto. Nuestra determinación es ofrecer un análisis de cuáles son los servicios que ofrece cada compañía y si los costes son los adecuados en el mercado.

Nuestra organización ha establecido una “tienda virtual” (http://bci.acnshop.eu), a través de la cual y a un sólo click podrá adquirir el producto que previse comparando sus costos y precios con los de la competencia.

¿Por qué pagar más de lo que debería ser el coste de un suministro o servicio por los sobrecostes añadidos de marketing, publicidad e intermediarios excesivos de las grandes empresas? ¿Por qué pagar por la poca atención o diligencia del vendedor? Todos nosotros tenemos y usamos un móvil, el teléfono fijo, internet, luz, televisión, gas… A través de nosotros, son los propios clientes quienes podrán elegir aquél operador y aquella tarifa que se ajusta a sus necesidades y apetencias.

Si tiene alguna pregunta, no dude en comunicarse con nosotros para conocer y contratar estos servicios con las mejores empresas: teléfono 944420850-671604895-689946785, fax 944415939, e-mail info@bilboconsultec.com.

Estos servicios están en la página http://bci.acnshop.eu.

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OPORTUNIDAD

Como anunciamos en su día, hemos ampliado nuestros servicios. Y éstos se refieren al mundo de las telecomunicaciones, seguridad y energía (luz y gas): los mejores a precios competitivos.

Si Vd está harto que le intenten vender la moto, que si nuestra compañía es mejor, que si nosotros tenemos las mejores ofertas…, gracias a nuestra determinación, ofrecemos a todos nuestros clientes saber cuáles son los servicios que ofrece cada compañía sin que nadie intente convencer de nada, ni mentir, ni ofrecer exclusivamente aquéllo que únicamente beneficia al vendedor y no a nosotros mismos.

Por ello, contrata sólo lo que necesitas. A un solo click y sin salir de casa. Y, sobre todo, sin ningún compromiso.

Todos tenemos y usamos un teléfono fijo, internet, un móvil, luz, gas… ¿Por qué pagar más debido a la incompetencia de un vendedor? A través nuestro, serán nuestros clientes quienes podrán elegir a aquél operador y aquella tarifa que se ajusta a sus necesidades, pagaremos menos en aquéllos servicios que no están liberalizados… Y muchas otras opciones.

Pinche en la pestaña de contacto, y comuníquese para conocer estos servicios reales con las mejores empresas, bien de forma telefónica (944420850-689946785-671604895), vía fax (944415939), vía e-mail (info@bilboconsultec.com) o acudiendo a una de nuestras oficinas (en Bilbao, nos encontramos en la calle María Díaz de Haro, 10 bis – 4 – 16).

Para ver actualmente estos servicios, puede pinchar en http://bci.acnshop.eu.

No pierda esta oportunidad.

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Nuevos Servicios

Desde el interés propio de dar mayores y mejores servicios para nuestros clientes, nos hemos posicionado en varias redes sociales, como facebook y la página www.dexpertos.com, www.porticolegal.com, etc.

Al propio tiempo, anunciamos que ofreceremos un servicio exclusivo que marcará tendencia en nuestro quehacer diario y provocará que todos nuestros clientes y aquellos otros que quieren comprobarlo se beneficien de importes ahorros en sus negocios. De dicho servicio informaremos puntualmente.

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Juicio contra internet

El creador del ‘software’ de intercambio de archivos Blubster y ManolitoP2P, y demandado por varias compañías discográficas por infringir la propiedad intelectual con estos programas ‘peer to peer’, ha sido absuelto de todos los cargos y tendrá que ser compensado con las costas del juicio por sus demandantes.

Se le demandó por una suma millonaria por crear programas de intercambio de archivos a través de Internet responsabilizándole de las posibles infracciones de los millones de usuarios que descargan y ofrecen música con esas aplicaciones. La sentencia del Juzgado de lo Mercantil nº 4 de Madrid (autos 196/08) desestima íntegramente la demanda.

La sentencia coincide plenamente con la postura jurídica sostenida por la defensa argumentando que el desarrollo de una tecnología que puede ser usada por particulares para el intercambio de música no es una infracción de propiedad intelectual.

El Juzgado considera que ha quedado acreditado que los demandados no almacenaban ningún archivo y con el mismo criterio que otros Juzgados coincide en manifestar que en ningún caso es una infracción el mero hecho de facilitar esa conducta de intercambio de archivos.

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Sin política fiscal común, no hay Euro

¿Qué va a pasar con el Euro? Nadie lo sabe, pero sí pensamos en ello. Nos encontramos con una panorama muy sombrío, pues la única economía del Euro que funciona es la alamena, ya que Francia tienes muchos problemas con sus bancos por la deuda con Grecia, Italia tiene un endeudamiento altísmo cuyos intereses superan el 15% del PIB y España está sometida a los vaivenes de las agencia de calificación y con un paro del 20%. Y, aunque Gran Bretaña no está en el sistema monetario europeo del euro, propaga a todos los vientos su posible salida de la Unión Europea. 

¿Se atreve Vd. a vaticinar cuál será el futuro? ¿El banco Europeo comprará las nuevas emisiones de España e Italia?Alemania dice que no y estos dos paises necesitan seguir emitiendo para pagar sus vencimientos. 

Por otro lado, si se condona el 60% de la deuda Griega, ¿qué va a pasar con los bancos franceses?

Le proponemos una quiniela, que seguro pierde. NO se puede fijar una moneda común sin una política fiscal común. Ha sido un gran error la forma como se ha gestado el Euro, y lo más seguro es que tengamos que volver a nuestra moneda. Solo hay una solución, la verdadera integración ecnómica y fiscal de los 17. Pero ¿Alemania va hacer causa común con los pobres? Respóndase Vd. mismo.

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La morosidad sube a máximos históricos

La morosidad de los créditos concedidos por bancos, cajas, cooperativas y establecimientos financieros de crédito (EFC) a particulares y empresas se situó en agosto en el 7,14%. Se trata del mayor nivel registrado desde noviembre de 1994, según los datos del Banco de España. 

Se trata de la segunda subida consecutiva después del recorte de ocho centésimas registrado en junio (6,42%), que se produjo después de las subidas de abril (6,35%) y mayo (6,49%) que siguieron a un pequeño retroceso en marzo, cuando la mora bajó hasta el 6,11% y rompió una racha de cinco meses consecutivos al alza.

Los créditos morosos del sector se situaron en julio en 127.737 millones de euros, 27.737 millones por encima de la barrera psicológica de los 100.000 millones que superó en mayo de 2010.

Sin embargo, el total préstamos descendió un 0,56% con respecto al mes anterior, hasta los 1.787 billones de euros en agosto. Esta cantidad supone una caída del 1,75% en los últimos doce meses.

Por tipo de entidad, la morosidad de las firmas de depósito, que incluyen a bancos, cajas y cooperativas, se situó en agosto en la cota del 7,15%, mientras que la de los establecimientos financieros de crédito, que no pueden captar depósitos, se estableció en el 8,9%. Estas entidades, que ofrecen fundamentalmente créditos para el consumo de bienes como coches, viajes o televisores, tenían prestados un total de 39.329 millones de euros a cierre de junio, de los que 3.538 millones eran morosos.

Para hacer frente a esta creciente morosidad, el sector financiero estableció sus provisiones en 72.336 millones de euros, colchón que ha engordado en 413 millones en un mes y en 11.128 millones en un año. La mayor parte de estas reservas para hacer frente a pérdidas (69.138 millones de euros) corresponde a las entidades de depósito, según se desprende de los datos del instituto emisor español.

Según las previsiones del Boletín Gesif Axesor de seguimiento de la morosidad y la actividad empresarial, así como de «eleconomista.es», la tasa de impago de la banca en España terminará el ejercicio 2011 cerca del 8% porque mantendrá la tendencia al alza en los últimos meses del ejercicio. 

Con la tasa de impago en ascenso y con la persistencia de las dificultades de acceso al crédito, no sería extraño que la ratio de incumplimiento siga creciendo camino del 9%, pronostica el boletín. Según sus cálculos, la mora en España estrenará el primer mes de 2012 en el 8,28%.

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Reformas legislativas

El 11 de octubre fueron publicadas tres reformas legislativas importantes.

La Ley 37/2011, de medidas de agilización procesal, que trata de continuar con las líneas de la Ley Orgánica 1/2009 y Ley 13/2009, de reforma de la legislación procesal para la implantación de la nueva Oficina Judicial. Se trata de incorporar determinadas medidas de agilización procesal en los órdenes civil, penal y contencioso-administrativo, encaminzadas a garantizar derechos fundamentales y para optimizar los procedimientos, suprimir trámites procesales innecesarios y limitar el uso de instancias judiciales.

La Ley 38/2011 incorpora la reforma del sistema concursal actualizándola. De esta forma, profundiza en los institutos preconcursales dando alternativas al propio concurso. Asímismo pretende que la solución de insolvencia no se retrase en el tiempo, por lo que simplifica y agiliza el procedimiento. La Exposición de Motivos también habla de favorecer la solución conservativa del concurso con la posibilidad de realizar modificaciones estructurales durante el concurso de acreedores, señalándose también que los créditos nacidos tras la aprobación judicial del convenio han de ser créditos contra la masa si se pasare a la fase de liquidación, intentando favorecer la concesión de crédito a las empresas en convenio y protegiendo ese “dinero nuevo” que contribuya a la continuidad de la actividad. Finalmente busca una mayor profesionalización de los administradores concursales, al tiempo que realza sus funciones y responsabilidad, se extienden los supuestos en los que la admuinistración concursal está integrada por un único miembro y el reconocimiento de la persona jurídica cmo administrador concursal.

Por último, se aprueba la Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la jurisdicción social, la cual, manteniendo la estructura de su antecesora (Real Decreto Legislativo 2/1995, de 7 de abril, de la Ley de Procedimiento Laboral), introduce «importantes mejoras que implican una estimulación de la jurisdicción para proyectarla como auténticamente social», modernizando el procedimiento.

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Última revolución política

Independientemente que el vaivén del gobierno en la actualidad (2011) se está desmoronando y no ve la luz en el túnel final por sus continuos cambios de opinión y firmeza de espíritu al afrontar la situación de crisis actual, que la está agrandando, está llenando de legislación denominado de «último coletazo», esto es, legislación para intentar quedar bien por ser conocedor de su reposición y fin político.

El botón de muestra se encuentra en que el actual Ministro de Trabajo mantiene vigente la última reforma laboral de 2010 (habiéndose manifestado abiertamente contraria a ella), aún cuando no ha dado ninguna muestra de utilidad, salvo el malestar de todos.

Asímismo abre una brecha no sólo contra trabajadores y empresarios, sino también contra las profesionales liberales, pues elimina la compatibilidad a los mutualistas de las entidades de previsión social que también están en la Seguridad Social, pues ya no se podrá ejercer tras recibir la pensión pública.

La Orden 1.362/2011, de 23 de mayo, del Ministerio de Trabaho e Inmigración (BOE 26/05/2011) elimina la compatibilidad para percibir la pensión de la Seguridad Social y seguir trabajando míseramente a quienes sean mutualistas de entidades de previón social (porque éstas exigían el retraso en la edad de jubilación después de los 65 años, que hace poco lo ha asimilado la Seguridad Social, pero sin tener en cuenta las penurias y calamidades de cada una de ellas). La simple lectura de la explicación en la Exposición de Motivos cae ya por su propio peso y trae causa del sinsentido existente en el Gobierno español actual.

Sorprende el momento en el que se ha adoptado esta medida, pues supuestamente se basa en la Ley 50/1998, esto es, trece años después. “Da la impresión que Trabajo quiere cargar contra las entidades de previsión social del ámbito del profesionalismo”, según indican algunas fuentes, o bien que no tiene ningún rumbo políticamente adecuado.

Enrique Sanz, tesorero del Consejo General de la Abogacía, explica que “se está estudiando la orden y las implicaciones que tendrá”, pero entiende que afecta de cara al futuro a “importante número de profesionales”. Desde el punto de vista jurídico, explica quie “la Dirección General de la Seguridad Social ha introducido un cambio de interpretación, por eso lo hace a través de una Orden”. Por ello, cabe la vía de llevar la orden a los tribunales, lo cual debe hacerse.

Por otro lado y en el orden de incertidumbre e inseguridad jurídica que se vive en la actualidad, se ha publicado el 25 de mayo de 2011 la Instrucción de 18 de mayo de 2011, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, sobre constitución de sociedades mercantiles y convocatoria de Junta General. Esta norma intenta eliminar otro de los escollos para crear una empresa en un día por 100 euros, pues el Real Decreto-Ley 13/2010, de 3 de diciembre, así lo intentó pero no lo consiguió como tantas otras iniciativas inútiles y baladíes que se están efectuando en la actualidad. Esta Instrucción reconoce “los problemas surgidos sobre la aplicación de las referidas normas del Real Decreto-ley 13/2010 así como de la Orden JUS/3185/2010, de 9 de diciembre”, pero poco más cabe decir sobre la misma, ya que la aplicación práctica a día de hoy respecto la misma deja mucho que desear, teniendo en cuenta la opinión no sólo de Notarios y Registradores, sino de los propios abogados y asesorías especialistas en la materia, que no aprecian todavía claridad en la materia.

Por ello, diríganse a un buen especialista en la materia, como pueda ser un despacho como BILBO CONSULTEC o BILBAO CONSULTORÍA INTEGRAL o a cualquiera de los profesionales que lo integran.

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El asedio de Hacienda

Si aún Hacienda o, incluso, la Seguridad Social, no le ha hecho una inspección o un acta de comprobación, puede que no tarde mucho en efectuarlo.

Y no tardará en hacerlo porque, desde el año 2008, se ha comporbado el aumento de las inspecciones por parte de la Agencia Tributaria, siendo ese incremento especialmente sensible entre finales de 2010 y esta primera parte de 2011, hasta el punto de haberse multiplicado por tres el número de notificaciones de la AEAT que reciben las empresas o sus asesorías fiscales, bien requiriendo información o bien comunicando el inicio de alguna actuación de inspección o comprobación tributaria.

Además de eso, y como apunta Invertia, la actividad inspectora de Hacienda se está cebando especialmente con las microempresas y con los autónomos.

Para los responsables de Hacienda, estas actuaciones se enmarcan en el desarrollo de planes antifraude, pero lo cierto es que las asociaciones de empresarios y los colectivos de profesionales del asesoramiento fiscal están denunciando que la actuación de la AEAT está guiada por un afán recaudatorio, y los inspectores de hacienda, por su lado, se quejan de estar siendo presionados para que, vía inspecciones o vía procedimientos sancionadores, se incrementen los ingresos de la AEAT hasta en un 15 % por año, aunque ello suponga realizar más trabajo con el mismo personal, las investigaciones se realicen de forma precipitada y con escaso rigor, o se aumenten las sanciones a los contribuyentes.

Sea como fuere, lo cierto es que las actuaciones de comprobación o de inspección de la AEAT se han incrementado en más de un 50% en este último año, y en más de un 20% de media desde 2007.

En definitiva, que los autónomos  y las pymes están siendo  sometidos a un duro y estrecho control por la Administración, con el único fin de aumentar los escasos ingresos públicos por la vía de las liquidaciones y sanciones tributarias.

Por ello, es conveniente hacer prevención en todas las áreas de su empresa y BILBO CONSULTEC le propone una auditoría o test del modelo de gestión y análisis de de las posibilidades de futuro.

Comprobar nuestras debilidades para ser más fuertes ante una Inspección fiscal es nuestro objetivo.

Por ello y si ya se encontrase en una situación crítica, debe buscar asesoramiento profesional experto en la materia y para eso puede acudir a BILBO CONSULTEC, porque contamos con un equipo de profesionales, Asesores Fiscales y Abogados, que pueden ayudarle a defender sus intereses en cualquier procedimiento de comprobación o inspección de FISCAL.

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La Administración paga 107 días más tarde de lo que fija la ley

El 7 de julio entró en vigor la nueva Ley de Morosidad, que establecía un reducción progresiva en los plazos de pagos de las empresas y las Administraciones públicas con sus proveedores. En el primer caso se debían reducir a 60 días como máximo para el 1 de enero de 2013, mientras que en el segundo se ajustaría a 30 días.

Unos plazos que parecen alcanzables para el sector privado, pero que se antojan de difícil consecución para el sector público. Según el balance realizado por la Plataforma Multisectorial contra la Morosidad (PMCM), el plazo de cobro medio real del sector público ha subido de 154 a 157 días en 2010, lo que supone una diferencia de 107 días respecto a lo fijado por la norma (50 días) para este año. Todo lo contrario que en el caso de las empresas, que han reducido en ocho días (de 101 a 93) el plazo de cobro de las facturas respecto a sus proveedores y tan sólo se quedan a ocho días del plazo legal (85 días). La tasa de morosidad (impagos sobre total de facturación) se elevó al 5,1%, una décima más que en 2009.

El retraso en el pago del sector privado es muy diferente en función del sector en el que está encuadrado el pagador. El que peor lo hace es el de la construcción, con un plazo medio de pago de 97 días, frente a los 96 de la industria o los 86 de los servicios.

En cuanto al sector público, los que más tardan en pagar sus facturas son las corporaciones locales, que adeudan más de 33.000 millones de euros a sus proveedores, seguidos por las autonomías.

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