Se ha publicado la LEY 15/2010, de 5 de julio, de modificacion de la LEY 3/2004, de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales.

La finalidad de la reforma es corregir desequilibrios y aprovechar las condiciones de nuestras empresas con el fin de favorecer la competitividad y lograr un crecimiento equilibrado de la economía española, que nos permita crear empleo de forma estable, en línea con una concepción estratégica de la economía sostenible.

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Las sociedades “civiles” no pueden inscribir inmuebles, según resolución de la Dirección General de Registros y Notariados del 20/4/2010

Las suposiciones, basadas en el articulo 140 de la LIS, en que la inspección fiscal basa las sanciones que impone no sirven en los procesos judiciales, si no las prueba

Las presunciones administrativas (realizadas por Hacienda) no sirven para obligar al contribuyente a probar su inocencia, cuando esta corresponde a la Administración Tributaria

Los SWAP en entredicho. Existe mas de un millar de demandas contra las entidades financieras por este “contrato de permuta financiera de tipos de interés” por presunta falta de información a los usuarios

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PÁGINA WEB

Como habeis comprobado, se ha renovado nuestra página web.

En conmemoración a ello, prorrogamos nuestra campaña de julio de 2010 “CÓMO AFRONTAN LA CRISIS LAS EMPRESAS DE BIZKAIA”.

Consecuencia de ello  le ofrecemos gratuitamente los siguientes servicios:

     1) PRIMER ANÁLISIS de su empresa, en los ámbitos fiscal, laboral, legal, societario (conveniencia de protocolo familiar), económico-financiero (rentabilidad, modelo de gestión, excelencia-EFQM ) etc.

      2) CHEQUEO de las distintas áreas.

      3) ASESORAMIENTO GRATUITO INTEGRAL DURANTE TRES MESES en los segmentos antes citados.

 Y, a partir de ahí, si los resultados son adecuados para adoptar medidas de mejora, les propondríamos iniciar una etapa de colaboración como consultores, e incluso algunas actuaciones están subvencionadas.

¡Qué más se puede pedir! 

Sin ningún tipo de compromiso por su parte y con total confidencialidad, solicite que dos profesionales consultores de nuestra empresa, economistas y abogados colegiados, se pongan en contacto con Vdes. al objeto de concertar una primera entrevista y ejecutar los chequeos gratuitos ofrecidos. ¡NO PIERDE NADA! Al contrario, tendrá en sus manos componentes de mejora para aplicarlos a su empresa y negocio sin coste alguno.

Si fuéramos la típica asesoría diríamos de nosotros que somos un despacho especializado en impuestos, contabilidad, fiscal, laboral, mercantil, dinámicos, actualizados, en constante evolución…, pero en nuestra empresa queremos ir más allá. Le diríamos también que tenemos nuevos métodos para resolver los problemas de nuestros clientes, que los años de experiencia se muestran en la satisfacción de nuestros clientes…, pero todo eso se le supone a cualquier asesoría.

Si usted cree que lo ordinario es aburrido. Si opina como nosotros que no siempre la idea más llamativa es la que ofrece mejores resultados y en su lugar prefiere una idea brillante y resultados eficaces, sin ningún sobresalto. Si en su empresa busca caminos diferentes para encontrar el mejor.

Le ofrecemos una forma inteligente de asesoramiento empresarial.

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Novedades para la presentación del Impuesto de Sociedades en Bizkaia ejercicio 2009

Nuevo régimen fiscal de cooperativas (no de crédito).

La base imponible se divide en dos: base imponible general y base imponible especial. La base imponible general la componen todas las rentas de la entidad, con excepción de los ingresos íntegros que conforman la base imponible especial. La base imponible especial estará formada por los ingresos íntegros procedentes de la renta del art 35 de la NF 6/2006 –rendimientos de capital mobiliario-

Deducción por creación de empleo:

  • Personas que dan derecho a la deducción: todas las contratadas indefinidamente
  • Importe de la deducción: 3.000 euros por cada persona contratada indefinidamente y si pertenece a alguno de los colectivos de especial dificultad de inserción en el mercado de trabajo 6.000 euros.

Eliminación del plazo de compensación de bases imponibles negativas y de aplicación de deducciones: se elimina el plazo de 15 años.

Cambian los parámetros de PYME, para la pequeña y mediana empresa

Desaparecen las sociedades patrimoniales con normativa vigente a 31/12/2006.

Declaración de operaciones con personas o entidades vinculadas cuando el importe conjunto de las operaciones superen los 30.000 euros.

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