Novedades para la presentación del Impuesto de Sociedades en Bizkaia ejercicio 2009

Nuevo régimen fiscal de cooperativas (no de crédito).

La base imponible se divide en dos: base imponible general y base imponible especial. La base imponible general la componen todas las rentas de la entidad, con excepción de los ingresos íntegros que conforman la base imponible especial. La base imponible especial estará formada por los ingresos íntegros procedentes de la renta del art 35 de la NF 6/2006 –rendimientos de capital mobiliario-

Deducción por creación de empleo:

  • Personas que dan derecho a la deducción: todas las contratadas indefinidamente
  • Importe de la deducción: 3.000 euros por cada persona contratada indefinidamente y si pertenece a alguno de los colectivos de especial dificultad de inserción en el mercado de trabajo 6.000 euros.

Eliminación del plazo de compensación de bases imponibles negativas y de aplicación de deducciones: se elimina el plazo de 15 años.

Cambian los parámetros de PYME, para la pequeña y mediana empresa

Desaparecen las sociedades patrimoniales con normativa vigente a 31/12/2006.

Declaración de operaciones con personas o entidades vinculadas cuando el importe conjunto de las operaciones superen los 30.000 euros.

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